Las
trabajadoras del hogar y su falta de protección legal en Honduras
Tegucigalpa,
mayo 2020.
El trabajo
doméstico, es una de las actividades más invisibles y peor remunerados en
nuestro país y la región centro americana, puedo asegurar que a nivel
latinoamericano. El maltrato físico, psicológico que las trabajadoras del hogar
reciben no son reconocidas legalmente casi en ningún país. Por ejemplo, el
código de trabajo de Honduras, solo se refiere a la mayoría de empleados de
micro y macro empresas, muy poco muestra la forma de protección sobre este
trabajo. El artículo 149 del Código de Trabajo de Honduras señala
que servicio doméstico es el que se presta mediante remuneración a
una persona que no persigue fin de lucro y solo se propone aprovechar, en su
morada, los servicios continuos del trabajador para si solo o su familia,
el código de trabajo no señala los derechos del trabajador doméstico. Se le
olvida que al igual que otros trabajos tienen los mismos derechos legales, al
igual que un sueldo digno o por decirlo mejor, un salario mínimo justo, seguro
social, y todos los sueldos remunerados que la ley aplica a cualquier otro
trabajador. En su caso, legalmente en Honduras no se acostumbra a hacer un
contrato de trabajo “escrito” donde se estipulen los deberes y derechos del
trabajador y empleado. Lastimosamente, el trabajo doméstico, no asciende a un
salario máximo de cuatro mil o cinco mil lempiras y eso que
exagerando. En Honduras, las mayorías de empleadas domésticas rondan
entre los 13- a 27 años de edad, con estudios primarios incompletos la mayoría
sin saber leer ni escribir. A los empleadores se les olvida que es
prohibido contratar menores de edad, para realizar cualquier tipo de trabajo,
esto igual lo estipula el CTH.
El salario
es la retribución económica que el patrono debe pagar al trabajador /a en
virtud del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente. Es salario
además todo lo que recibe el trabajado” pero olvidamos, que las trabajadoras
domésticas hacen actividades extras y algunas veces extra horario y dichas.
En su
mayor parte, las trabajadoras domésticas, se arriesgan a que sus derechos como
trabajadoras y sobre todo como seres humanos sean violentado y es ahí donde
surgen el mayor de los delitos, violencia física, verbal, psicológica, patrones
abusando sexualmente de ellas. La timidez y el miedo y sobre todo la
falta de educación y la intimidación en la mayor de las situaciones hacen que
estas personas guarden silencio total y no delaten que sus derechos han sido
violentados.
La
trabajadora doméstica, tiene los mismos derechos adquiridos
constitucionalmente, además de Además cuenta con 2 horas diarias de descanso
intermedio. (Art. 130 del Código de Trabajo), en ningún documento legal
correspondiente a las reglas del trabajador estipula que estas deben ser
tratadas legalmente de forma diferente. La Constitución de la República
en su artículo 60 establece que toda persona debe ser considerada de la misma
manera. El estado está en la obligación de buscar la igualdad a dichas
personas, claro lo dice la Ley de igualdad de oportunidad en su artículo
5 “Artículo 5.”-El Estado, por medio de sus órganos competentes,
está obligado a promover la investigación científica sobre la igualdad de
oportunidades y, debe crear o mejorar la producción; difusión y evaluación de
los registros estadísticos, sobre la condición y situación de hombres y mujeres
y su evolución en los distintos ámbitos de la vida social, con el fin de
establecer periódicamente las prácticas de igualdad de oportunidades” igual
podemos relacionarlo con el artículo 6 de la misma ley Artículo 6.-El Estado,
la sociedad civil y la mujer en particular, deberán procurar que el desarrollo
normativo del principio de igualdad de oportunidades y su interpretación en el
ordenamiento jurídico, se haga con criterio de equidad, creando los mecanismos
eficaces que garanticen plenamente los derechos de la las mujeres.
La ley de igualdad de oportunidades de Honduras en su capítulo 4 establece la protección y fomenta la igualdad de OPORTUNIDADES EN EL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL del artículo 44 al 69.
En
honduras existe la red de trabajadoras domésticas, la cual tiene como función
buscar la o los vínculos para brindar un apoyo legal-psicológico a estas
personas. Según estudios “Las leyes sobre trabajo doméstico
remunerado en América Latina” realizado en el 2016 por ONU Mujeres, Honduras es
uno de los países que no ha hecho modificaciones legales en cuanto al trabajo
doméstico, y no podemos decir que se no se ha hecho un esfuerzo para que este
trabajo no se haga notorio y sea más digno y mejor remunerado. Pero
acá al igual que en Latinoamérica sigue siendo un tema invisible. Ya que
tratarlo, se debe tratar desde diferentes puntos de vistes para poder obtener
logros positivos. No solo pensar en el punto de vista político, sino desde el
punto de vista psicológico, legal, socio-económico, estadístico, etc.
Se ha
dicho en pocos estudios que el trabajo doméstico, es el trabajo más explotado,
sobre todo cuando se trata de menores de edad, desde luego tal como lo dice la
OIT, la contratación de estas personas, se relaciona con la pobreza en las zonas
rurales y sin duda en el área central del país. La OIT, reconoce que el trabajo
doméstico infantil y de mujeres adolescentes y mayores es una oportunidad para
ellas para poder migrar de la vida, del campo a la ciudad. Bien sabemos, que el
trabajo infantil ha requerido una negación nacional para la contratación del
mismo, pero no ha sido posible, en cuanto se refiere a la contratación del
trabajo doméstico. En Honduras, la primera Ley en hacer mención al trabajo
doméstico fue el código civil Con la entrada en vigencia del Código de Trabajo
(publicado en el Diario Oficial La Gaceta en números consecutivos en el mes de
julio de 1959) 15, se establecen las condiciones que deben reunir las labores
de cualquier persona para ser consideradas “servicio doméstico”. El llamado
“trabajo doméstico” es regulado en el Título III Capítulo II (“Del Trabajo
Sujeto a Regímenes Especiales”) del Código, donde encontramos el artículo 149
que establece que “Servicio Doméstico es el que se presta mediante remuneración
a una persona que no persigue fin de lucro y sólo se propone aprovechar en su
morada, los servicios continuos del trabajador para sí solo o su familia, sea
que el doméstico se albergue en su casa o fuera de ella”- Los trabajadores
domésticos también tienen derecho a vacaciones remuneradas, como todos los
trabajadores. Mencionar ahora detenidamente el trabajo doméstico infantil en
Honduras, puedo casi asegurar que en toda la región centroamericana o meso
americana funciona legalmente de la misma manera, todo lo que se refiere al
entorno del trabajo doméstico y al trabajo doméstico infantil debe verse como
el factor más importante la extrema pobreza en nuestro país y nuestra región.
Las empleadas domésticas, tienen a veces la necesidad incluso de migrar del
país, a países más cercanos, como el Salvador, Guatemala, Nicaragua, etc.
Mencionando la región mesoamericana. Puedo asegurar que el 50%
sufren violencia de género y discriminación en todo aspecto, el código penal,
establece la violencia contra la mujer los artículos 208, 209 y 210 del código
mencionado, reformado actualmente, da una terrible facilidad al agresor de la
mujer, para escaparse del cumplimiento legal por dicho delito. ¿Y por qué
relacionar la violencia contra la mujer, con el trabajo doméstico? Simple, porque
son casi nulos los hombres que cumplen este rol laboral, por cuestiones de
autoestima, género, etc. Cabe aclarar, que todo va relacionado con este tema y
hacernos las siguientes preguntas: ¿Cuáles serían las leyes que protegen a la
empleada doméstica? ¿Debería formularse un proyecto de ley para la protección
de la misma, tal como la red de empleadas domésticas de Honduras lo ha
propuesto sin obtener resultados positivos? ¿Qué medidas se deberían aplicar al
maltrato de estas, cuando se interpone la denuncia ante las autoridades
correspondientes? ¿Cuáles son las formas de fomentar la protección al empleo
doméstico?
Concluyamos,
por ahora, diciendo, que las empleadas domésticas, son el rubro más vulnerable,
menos protegido y el más explotado de la región centroamericana.
No es
fácil, cumplir con las labores domésticas, sobre todo cuando estas en su
mayoría, desconocen en qué consiste dicha función, y hacen casi a ciegas el
trabajo recibiendo nada más, maltrato, algunas veces, físico, moral,
psicológico.
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